SOLICITE PRESUPUESTO
LE LLAMAMOS
Cuando instalamos en una Comunidad de vecinos un sistema de seguridad hay que prestar especial atención a cumplir todos los requisitos que la L.O.P.D. marca para este tipo de instalaciones según se recoge en el artículo 88 y siguientes del R.D. 1720/2007 de 21 de diciembre, por el que se aprueba el reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre de protección de datos de carácter personal.
Para evitar sanciones de la AGENCIA ESPAÑOLA DE PROTECCIÓN DE DATOS, es importante que su Comunidad contrate con una Empresa de SEGURIDAD HOMOLOGADA para el tratamiento y gestión de imágenes y datos, con nº en la Dirección General de la Policía.
Con ESVision gestionamos el alta de los ficheros en la AGENCIA ESPAÑOLA DE PROTECCIÓN DE DATOS y lo que es más importante, MANTENERLOS en el tiempo (extracciones, cambios de presidente, visualización, etc.), elaborando el DOCUMENTO DE SEGURIDAD y ocupándonos de la gestión y el tratamiento de las imágenes, tanto la extracción como la custodia de las mismas.